"Ante una emergencia, se puede registrar el ordenador sin advertirlo"
Expansión, 14 de octubre de 2008.
El juez Aurelio Desdentado afirma que, aunque la sentencia del Supremo de 2007 en la que él fue ponente no se pronuncia, se podría supervisar el PC sin advertirlo, si urge.
El empresario podría registrar el ordenador del empleado sin advertir de las facultades de control ni dar instrucciones de uso de dicha herramienta en supuestos de emergencia. Ésta es la opinión del magistrado Aurelio Desdentado, emitió en el VI seminario sobre prueba electrónica organizado por Cybex y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La sentencia no aborda el problema de los controles de emergencia que pueden suscitarse cuando no ha habido advetencia previa del control.
El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, José Manuel Suárez Robledano, afirmó que el uso de los emails y sms son cada vez más utilizados en el orden civil como medios probatorios.
En las leyes de enjuiciamiento españolas y pese a este incremento en la utilización de estos medios, no existe una regulación específica de la prueba electrónica, siendo España el único país de la UE que en la actualidad carece de una ley que regule la obtención de las pruebas.
Enrique López, magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y ex portavoz del CGPJ pide reflexionar sobre una regulación específica de la prueba electrónica.
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