Los datos personales que circulan en la Red pueden ser cancelados
La Gaceta. Legal y Fiscal. 1 de octubre de 2007.
Encontrar referencias personales a través de los buscadores de Internet ya no es inevitable. Una reciente resolución de la Agencia Española de Protección de Datos advierte de que este tipo de información no puede ampararse siempre en la libertad de expresión.
Ningún ciudadano que nigoce de la condición de personaje público ni sea objeto de hecho de relevancia pública tiene que resignarse a que sus datos personales circulen por la REd sin poder corregir la inclusión ilegítima de los mismos en un sistema de comunicación universal. Así de claro lo tiene la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que en una resolución ha puesto de manifiesto el derecho de los ciudadanos a cancelar aquellos datos personales que hayan sido publicados en Internet.
En lo referido a la difusión de datos personales en foros o blogs de internet, la Agencia considera que, aunque se trate de una información veraz, al no referirse a asuntos públicos de interés general, resulta preferente el respeto al derecho fundamental a la protección de datos, frente al derecho a la libertad de expresión.
Ante la inviabilidad de requerir a los foros el consentimiento individualizado de los ciudadanos para incluir sus datos personales en sus páginas web, o exigir mecanismos técnicos para impedir la incorporación no consentida de datos personales, puesto que supondría una barrera para el ejercicio de la libertad de expresión e información a modo de censura previa. La AEPD considera que el ciudadano debe gozar de mecanismos amparados en derechos como el de cancelación de datos personales.
Para evitar que los datos personales de un ciudadano aparezcan en la Red el afectado debe acudir al responsable de la página para solicitar la cancelación. En caso de que su demanda no sea atendida, es la Agencia quien pasa a tutelar dicho derecho.
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