La S.A simplificada.
ABC Economía, 27 de Mayo de 2001. Antonio J. Sánchez-Crespo. Estudio Jurídico LEXCONSULT.
La Comisión Europea, en sus Comunicaciones y Recomendaciones a los Estados miembros sobre mejora del entorno de las PYME, distingue tres tipos de sociedades: anónima, anónima simplificada y limitada. Preconiza la sociedad limitada para empresas pequeñas, la anónima simplificada para empresas medianas, y la anónima para empresas grandes.
Entiende la Comisión que la fórmula de la sociedad anónima impone condiciones exigentes desde el punto de vista de su creación y funcionamiento diario, y que esas condiciones se han ideado desde la perspectiva de una sociedad anónima con muchos accionistas con...
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